La afrocolombianidad, una institucionalidad en el proposito etnoeducativo.

sábado, 13 de septiembre de 2008

ACTUALIDAD

MINEROS SIN MINAS
Por: Arbey Chocó Díaz
Suárez es una tierra de mineros, mineros que hoy no tienen donde ejercer su actividad minera. Este fenómeno tiene unas connotaciones sociales que están repercutiendo en el nivel y la calidad de vida de los suareños. Dejar a estas personas sin sus minas les ha restado muchas posibilidades en la vida.
Antes de la llegada de los explotadores americanos a los territorios del norte del Cauca, las riveras del rio Cauca eran riquísimas en oro, sobre todo las comprendidas entre el corregimiento de Timba en el municipio de Buenos Aires, hasta el municipio de Morales; por ello, esta zona se convirtió en atractivo para las explotaciones mineras.

En ese entonces, la usurpación del precioso metal se acentuaba en gran parte en el municipio de Buenos Aires, pero al independizarse Suárez dejando de ser corregimiento de Buenos Aires para constituirse en nuevo municipio del departamento del Cauca, heredó dicha problemática.

Lo cierto es que estas zonas rivereñas fueron vilmente explotadas. La zona comprendida desde el corregimiento de Tima hasta el puente de ferrocarril ubicado en las afueras del cabecera municipal del municipio de Suárez fue explotada por la compañía gringa Gold Company. El tramo correspondiente de allí en adelante fue catapultado por el lago de Salvajina, quedando una pequeña franja con yacimientos auríferos, la comprendida entre el puente del ferrocarril y el cuarto de máquinas de la represa de Salvajina. Son escaso cinco kilómetros bien vigilados por la seguridad del lago; en este sitio tuvo lugar la tragedia pasada que cobró las 21 víctimas.

La realidad de Suárez hoyparece ser la misma de hace años atrás, siendo un pueblo de mineros pero sin minas , porque el poquito oro que aún queda por extraer en los territorios que no fueron usurpados por las dragas americanas, ni fueron inundados por el lago de Salvajina se lo están llevando personas ajenas con el beneplácito de autoridades civiles y militares. A los mineros suareños les sigue tocando las migajas, las que dejan los dueños de las retroexcavadoras, los cuales se están llevando todas las utilidades dejando al municipio el desastre natural y los efectos degradantes del ambiente (huecos y zancudos).

Por ahí andan rodando las multinacionales como aves de rapiña por lo poco que queda, queriéndose raspar el pagadito de la olla, lo triste del asunto es que hasta líderes de la comunidad ahora trabajan para ellas….

Bueno, personalmente no tengo nada contra ellas, es más, si bien, lo que está en el subsuelo es del Estado y nuestras comunidades no tienen el potencial financiero ni tecnológico para explotarlos, pues que hagan su explotaciones, al final de cuenta eso tampoco puede quedarse sin ningún aprovechamiento; pero que se hagan negociaciones con los dueños de las multinacionales que garanticen para el pueblo damnificado al menos la inversión social, para ver si se puede resarcir en algo tanto perjuicio.


MARCO LEGAL DE LOS CONSEJOS COMUNITARIOS

En 1995, el Presidente de la República sanciona el decreto 1745 que reglamenta el capítulo III de la ley 70 y la autorización de las licencias de explotación de los recursos naturales. Este decreto define que los consejos8 comunitarios de comunidades afrocolombianas, tendrán como autoridad máxima una asamblea general que aprueba el reglamento que define el uso y las asignaciones de las parcelas dentro de la propiedad colectiva a la vez la función de reunir toda la información para la presentación de la solicitud de titulación. En su papel de interlocutor estatal de las comunidades afrocolombianas al nivel más alto, el decreto crea la comisión técnica compuesta por los representantes de los ministerios del medio ambiente y de agricultura, de ministerio de minas y energía y para el caso de las solicitudes relativas a la explotación de recursos mineros.

EDUCACION PARA GRUPOS ETNICOS


¿Qué es etnoeducación?

Se entiende por educación para grupos étnicos la que se ofrece a grupos o comunidades que integran la nacionalidad y que poseen una cultura, una lengua, unas tradiciones y unos fueros propios y autóctonos.
Esta educación debe ester ligada al ambiente, al proceso productivo, al proceso social y cultural, con el debido respeto de sus creencias y tradiciones.

Parágrafo: En funcionamiento las entidades territoriales indígenes se asimilarán a los municipios para efectos de la prestación del servicio público educativp, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 60 de 1993 y de conformidad con lo que disponga la ley de ordenamiento territorial.
Art. 55 Ley General de la Educación.

La educación como política social inmiscuye toda una gama de acciones en el sentido de las particularidades, peculiaridades de las etnias. Esta es una educación con propósitos bien definidos: se educa para la vida, se basa en principios y valores, y en el respeto por las diferencias.

En conclusión como existen grupos étnicos distintos, la educación que se ofrezca a estos debe fortalecer su identidad cultural, respetar su cultura y sus fueros., esta concepción rompe el paradigma del docente como simple educador; y los sitúa en un enfoque más complejo, un etnoeducador.

No hay comentarios: